La Justicia avala la intervención de ingenieros técnicos industriales en actuaciones de eficiencia energética

La Justicia avala la intervención de ingenieros técnicos industriales en actuaciones de eficiencia energética

El Tribunal para la Defensa de la Competencia de Castilla y León ha emitido un dictamen que respalda la capacidad de los ingenieros técnicos industriales para intervenir en actuaciones relacionadas con la eficiencia energética, siempre en función del alcance concreto de cada proyecto y de la normativa aplicable.

El pronunciamiento responde a una consulta planteada por el Consejo de Colegios de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales de Castilla y León tras detectarse varios expedientes en los que se cuestionaba la validez de documentación técnica firmada por estos profesionales en el marco de ayudas para la rehabilitación energética financiadas con fondos europeos NextGenerationEU.

En su resolución, el Tribunal recuerda que el Real Decreto 390/2021 reconoce expresamente a los ingenieros técnicos industriales como técnicos competentes para suscribir certificados de eficiencia energética. Además, subraya que su intervención puede extenderse también a memorias justificativas vinculadas a actuaciones de mejora energética, siempre atendiendo a las características específicas de cada caso.

Actuaciones menores sin necesidad de proyecto

Uno de los aspectos más relevantes del dictamen se centra en las actuaciones de pequeña entidad, como la sustitución de ventanas en viviendas. Según el Tribunal, cuando estas intervenciones no alteran la configuración arquitectónica del edificio ni afectan a elementos estructurales, puede no ser necesario redactar un proyecto técnico completo.

En estos supuestos, la Administración podría considerar suficiente una memoria técnica elaborada por un técnico competente, entre los que pueden encontrarse los ingenieros técnicos industriales. El dictamen añade que exigir exclusivamente la firma de arquitectos o arquitectos técnicos en este tipo de actuaciones podría resultar “innecesario y desproporcionado”.

Defensa de la “libertad con idoneidad”

El documento también hace referencia al principio de “libertad con idoneidad” profesional, respaldado tanto por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) como por diversa jurisprudencia. Este criterio defiende que, cuando varias profesiones poseen capacitación técnica suficiente para desarrollar una actuación concreta, no deben establecerse restricciones injustificadas.

No obstante, el Tribunal aclara que la determinación definitiva del técnico competente deberá analizarse caso por caso, teniendo en cuenta factores como el alcance de la intervención, la posible afección estructural, la necesidad de proyecto o la normativa específica aplicable.

Respaldo al papel de los ingenieros técnicos industriales

Desde ingenierosVA se valora este dictamen como un reconocimiento relevante al trabajo y la capacitación de los ingenieros técnicos industriales en el ámbito de la eficiencia energética y la rehabilitación de edificios.

El Colegio considera especialmente importante que las administraciones públicas apliquen criterios proporcionados y ajustados a la realidad técnica de cada actuación, priorizando la competencia profesional y evitando limitaciones innecesarias en un sector clave para la transición energética.

Asimismo, ingenierosVA continuará trabajando en defensa de las competencias profesionales de sus colegiados y en favor de una interpretación de la normativa basada en la libre concurrencia, la seguridad técnica y la capacitación real de los profesionales que intervienen en cada proyecto.

Puedes consultar el dictamen en este enlace.