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Depósito Telemático de Trabajos Profesionales en los Servicios de Industria de la Junta de Castilla y León

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La Orden EYE/2022/2007, de 14 de diciembre, de la Consejería de Economía y Empleo, crea el Registro Informático denominado « PROV » (Proyectos Visados).

La finalidad de este Registro es el almacenamiento de los proyectos y certificados de Dirección de Obra realizados por Técnico competente a presentar para que sean autorizadas o inscritas en los Registros correspondientes las industrias e instalaciones de las que es competente el Servicio de Industria.

El procedimiento que aprueba esta Orden tiene carácter voluntario y alternativo a la presentación documental que puede realizarse conforme a lo previsto en la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La finalidad de este Registro es el almacenamiento de los documentos indicados en el servidor de la Junta de Castilla y León, que serán enviados telemáticamente y mediante firma electrónica por el Colegio a solicitud del colegiado autor del trabajo.

Los documentos almacenados en este Registro, solamente surten efecto ante la Administración cuando sean adscritos a un expediente específico que se tramite por el interesado o su representante. Para ello, al producirse el almacenamiento de los documentos, el sistema PROV remite un correo electrónico indicando el alta del trabajo y acompañando un Número de Referencia que es el que se deberá incluir en las instancias iniciadas por el titular, sin necesidad de aportar copia del documento técnico, ya sea en formato papel o digital.

Los documentos depositados pueden ser modificados, sustituidos o eliminados hasta el momento en que el documento haya sido adscrito por el Servicio Territorial correspondiente a un expediente que inicie el interesado o su representante. A partir de ese momento no es posible efectuar modificación o sustitución alguna en el documento ni siquiera por la Administración, que mantendrá los documentos del Depósito almacenados en el mismo formato en que hayan sido depositados. Si se podrán anexar nuevos documentos complementarios.

El Colegio ha habilitado los procedimientos informáticos y administrativos que permitan a los colegiados y a sus clientes acceder a la tramitación telemática a través del sistema PROV. Para ello, el colegiado que desee que un trabajo sea tramitado mediante este sistema debe marcar la opción correspondiente en el momento de realizar la solicitud de visado electrónico.

El servicio tiene las siguientes características:

– Para favorecer la legibilidad del trabajo, el trabajo debe estar integrado por diferentes archivos pdf correspondientes a los diferentes documentos que lo integran (memoria, cálculos, presupuestos, etc.) cada uno de los cuales deben estar preferentemente unidos en un único archivo. Se recomienda que el nombre del archivo sea indicativo de su contenido y que en el caso de archivos que sustituyan a otros previamente visados, se mantenga el nombre original del archivo añadiendo el número de versión.

– El sistema admite un espacio máximo de 30 MB por cada archivo subido.

– En aquellos trabajos en los que la instalación se ubique en varias provincias (por ejemplo una línea de alta tensión) el colegiado debe referenciar en el campo de observaciones cuál es la provincia principal, al objeto de reflejar dicho dato en el sistema.

– Sustituciones: por seguridad el colegiado debe indicar qué archivo debe eliminarse del sistema PROV para ser sustituido por el nuevo archivo.

– ¿Cuándo se envían?: cada día se subirán al servidor de PROV aquellos trabajos que se hayan visado en el día anterior.

– Al ser integrado en PROV, el sistema remite un correo electrónico al colegiado (dirección colegial) en el que se acompaña el Número de Referencia del registro que es el que deberá facilitarse al cliente (en los términos que se acuerden puntualmente entre las partes) para que lo incluya en las tramitaciones ante el Servicio Territorial correspondiente.

– Coste del servicio: el servicio se ofrece por el Colegio para los colegiados y destinatarios de los trabajos sin coste añadido al del propio visado, en el marco de la colaboración administrativa del Colegio con la Junta de Castilla y León.