Colégiate

 

Si eres Graduado en Ingeniería o Ingeniero Técnico Industrial

Infórmate sobre las razones para decidir colegiarte y cómo hacerlo:

Razones para colegiarse:

 

Formar parte del colectivo profesional: con tu alta como colegiado te incorporas a la organización que aglutina a la red social de titulados y profesionales de la ingeniería técnica industrial en Valladolid. Tanto si desempeñas la profesión en la industria, en la administración, la enseñanza, el ejercicio libre, etc. tienes un lugar en el que compartes retos, intereses, problemas, historia. El Colegio es el marco para compartir y articular estos aspectos y proyectar la profesión hacia el futuro.

Obtener acceso a los servicios colegiales. Ver el Catálogo de Servicios colegiales.

Cumplir con tus obligaciones legales: la colegiación es obligatoria para el ejercicio de la profesión de ingeniero técnico industrial. Los profesionales que trabajan en la categoría laboral de ingenieros técnicos industriales desempeñan una actividad regulada que implica la colegiación obligatoria.

Ley 8/1997, de 8 de julio, de Colegios Profesionales de Castilla y León:

«2. Para el ejercicio en Castilla y León de cualquier profesión colegiada será necesario pertenecer al Colegio correspondiente en los términos previstos en la normativa básica estatal.»

Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales:

3.2. Es requisito indispensable para el ejercicio de las profesiones colegiadas hallarse incorporado al Colegio correspondiente.

Modificación por la Ley 25/2009 de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio:

3.2. Será requisito indispensable para el ejercicio de las profesiones hallarse incorporado al Colegio Profesional correspondiente cuando así lo establezca una ley estatal.

Disposición transitoria cuarta. Vigencia de las obligaciones de colegiación.

Hasta la entrada en vigor de la mencionada Ley se mantendrán las obligaciones de colegiación vigentes.

 

– Pero, ¿quién ejerce la profesión? ¿qué es ejercer la profesión?

En esto suele haber confusión. No es solo hacer proyectos o ejecutar obras o similares…. también es:

    * trabajar en producción, mantenimiento, calidad, métodos, logística, gestión energética, seguridad, prevención, investigación, consultoría, gestión de recursos humanos y económicos, estudios de mercado, etc.

    * trabajar como funcionario en el cuerpo de ingenieros: un puesto de ingeniero en la administración no supone realizar meras tareas administrativas, es ejercer la ingeniería.

 

– Entonces si trabajo, por ejemplo, como ingenier@ en producción o como funcionario, ¿tengo obligación de estar colegiad@?

Sí. La ley así lo establece.

La colegiación es obligatoria para el ejercicio de la profesión de ingeniero técnico industrial. Los profesionales que trabajan en la categoría laboral de ingenieros técnicos industriales desempeñan una actividad regulada que implica la colegiación obligatoria.

Para ejercer la profesión de Ingeniero en España es obligatoria (Ley 2/1974) la inscripción correspondiente en el Colegio Profesional, existiendo la correspondiente reserva de actividad para cada una de las especialidades. En Castilla y León (Ley 8/1997) para el ejercicio de cualquier profesión colegiada es necesario pertenecer al Colegio correspondiente.

En particular, la legislación vigente conforma la profesión de Ingeniero Técnico Industrial como profesión regulada cuyo ejercicio requiere estar en posesión del correspondiente título oficial y para cuyo ejercicio es obligatoria la colegiación.

Por consiguiente: sí, estar colegiado es obligatorio y supone cumplir con tus obligaciones legales.

Y en el caso de los funcionarios el Tribunal Constitucional viene ratificando esta obligación: los empleados públicos también tienen la obligación de estar colegiados si desarrollan su trabajo en puestos pertenecientes al cuerpo de ingenieros.

 

Cómo colegiarse:

Puedes colegiarte en dos clicsColegiación