Estimado colegiado:

El pasado 10 de abril pusimos en tu conocimiento que la Dirección General de Industria y Competitividad de la Junta de Castilla y León ha aprobado, el 7-3-2017, una Instrucción denominada “Instrucción 02/DGIC/2017 sobre control reglamentario de la documentación técnica de instalaciones” por la que se establece un procedimiento homogéneo para la realización de controles administrativos a posteriori sobre la documentación presentada para la puesta en servicio de las instalaciones sometidas a normativa de seguridad industrial.

Además de las inspecciones presenciales sobre la instalación, se realizarán inspecciones del contenido técnico de la documentación presentada.

Las inspecciones serán aleatorias, si bien los proyectos no visados supondrán el 75% de los expedientes inspeccionados, toda vez que los trabajos visados tienen la presunción de haber superado los controles previos, básicos y fundamentales y en un trabajo no visado no hay ninguna entidad que haya realizado el control de la identidad y habilitación profesional del autor del trabajo, y la corrección e integridad formal de dicho proyecto.

Para la comprobación de corrección e integridad formal de la documentación, se realizarán las comprobaciones establecidas en el Anexo II de la Instrucción, en función del tipo de instalación que corresponda, y siempre con carácter de mínimos necesarios.

Este Anexo incluye los protocolos de puntos de inspección del contenido técnico de los siguientes reglamentos (que se irán ampliando):

  • Documentación de justificación del R.D. 2267/2004 (Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales)
  • Almacenamiento de productos químicos
  • Baja tensión - industrias, locales y actividades
  • Baja tensión – viviendas
  • Centros de transformación - Inst. edificio prefabricado
  • Equipos a presión calderas (EP-01)
  • Instalaciones de gas receptora de gas canalizado (ICG-07)
  • Instalaciones petrolíferas fijas para distribución al por menor de carburantes y combustibles petrolíferos en instalaciones de venta al público (IP-04)

Ver Anexo II con los check-list de comprobación de proyectos:

http://www.copitiva.es/index.php/component/content/article/316

Como consecuencia, el colegio hace suyos, en su proceso de visado, los criterios de control de la JCyL y comenzará a verificar los proyectos comprobando que incluyen los documentos, descripciones y justificaciones referenciados en dichos protocolos como obligatorios. A este fin se aplicará un periodo temporal de asimilación hasta fin del mes de abril, a partir del cual se visará verificando los check-list.

Con ello, el visado de ingenierosVA en los trabajos profesionales se afianza como un referente diferencial de calidad y seguridad, tanto para la Administración como para los clientes y los usuarios finales.

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